Tu ya te has hecho la idea que el Convenio de Calzado es uno de los convenios de negociación colectiva más importantes a nivel estatal. Esto tiene sentido por el importante impacto en la sociedad y la tradición del sector Calzado en el conjunto de empresas de Cantabria.
Convenio Colectivo de Calzado Cantabria
El Convenio Colectivo de Calzado Cantabria incluye toda la lista de cláusulas aplicable a los asalariados de las empresas que desempeñan su actividad habitual en la Región de Cantabria. Esta normativa regula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los trabajadores por cuenta ajena en dichas empresas del sector Calzado.
BOE-A-2019-9974Características del Convenio de Calzado en Cantabria
El marco regulatorio que establece el grupo de normas que forman este Convenio de Calzado, está sancionado tanto por los actores de la patronal de Cantabria cómo por los representantes de los trabajadores de Calzado.
El texto legal fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad coordinadora dio el visto bueno para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Calzado en la comunidad autónoma.
Todas las cláusulas contenidas en el texto ratificado son imperativas por cualquier negocio del sector Calzado dentro del área territorial de Cantabria.
Ámbitos de Vigencia del Convenio de Calzado en Cantabria
Ámbito Funcional: Será obligatorio en todas las actividades del sector de Calzado.
Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Convenio Colectivo será de obligada y general observancia para todas las empresas, administraciones y trabajadoras de las actividades enumeradas en el punto anterior.
Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Calzado será vigente directa en todo el territorio de Cantabria. Sin olvidar que, será aplicable a los trabajadores contratados en España con contrato laboral en empresas españolas del mismo sector.
Ámbito Material: Cada punto se refiere a la regulación de las condiciones habituales de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Laboral se determina. A la vez que indica y desarrolla las materias reservadas a las propuestas de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.
Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Calzado extenderá su vigencia hasta su finalización. Su entrada en vigor se producirá el día después de su acuerdo, siendo efectiva desde esa fecha. No obstante lo dispuesto en el punto anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose alargar por períodos de un año.
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