Igual que muchos tienes claro que el Convenio de Calzado es uno de los convenios más influyentes a nivel estatal. Esto tiene sentido por el importante impacto en la sociedad y la tradición del sector Calzado en el tejido empresarial de Ceuta.
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Convenio Colectivo de Calzado Ceuta del año 2025
El Convenio Colectivo de Calzado Ceuta incluye toda la lista de cláusulas aplicable a los asalariados de las empresas que desempeñan su actividad y sus ventas en la Región de Ceuta. Esta normativa estipula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los asalariados en dichas empresas del sector Calzado.
BOE-A-2019-9974Características del Convenio de Calzado en Ceuta
El marco regulatorio establecido por el seguido de normas que forman este Convenio de Calzado, está aprobado tanto por los actores de la patronal de Ceuta cómo por los representantes de los trabajadores de Calzado.
El texto legal fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad coordinadora dio su beneplácito para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Calzado en la comunidad autónoma.
Todas las normas contenidas en el documento ratificado son obligatorias por cualquier negocio del sector Calzado dentro del territorio de Ceuta.
Ámbitos de Uso del Convenio de Calzado en Ceuta para el año 2025
Ámbito Funcional: Será de obligado cumplimiento en todas las actividades propias del sector de Calzado.
Ámbito Personal: La normativa que emana de este Acuerdo Laboral será de obligada y general observancia para todas las empresas, administraciones y trabajadores y trabajadoras de las actividades listadas en el punto anterior.
Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Calzado será autorizado directa en todo el territorio de Ceuta. Asimismo, será aplicable a los trabajadores contratados en España trabajando para empresas españolas del mismo sector.
Ámbito Material: Su contenido se refiere a la regulación de las condiciones generales de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Colectivo se determina. A la vez que sugiere y desarrolla las materias reservadas a las propuestas de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.
Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Calzado extenderá su vigencia hasta su finalización. Su entrada en vigor se produce desde el día después de su firma, surtiendo plenos efectos desde esa fecha. No obstante lo estipulado en el texto anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose prorrogar por períodos de 12 meses.
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