Igual que muchos te has hecho la idea que el Convenio de Calzado es uno de los convenios más críticos a nivel estatal. Esto tiene sentido por el importante impacto en la sociedad y la historia del sector Calzado en el el contexto económico de Navarra.
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Convenio Colectivo de Calzado Navarra del año 2026
El Convenio Colectivo de Calzado Navarra lleva incluída toda la normativa aplicable a los ocupados de las empresas que actúan su actividad habitual en la Región de Navarra. Esta normativa concreta el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los trabajadores contratados en dichas empresas del sector Calzado.
BOE-A-2019-9974Normativa del Convenio de Calzado en Navarra
El marco regulatorio que establece el grupo de normas que constituyen este Convenio de Calzado, está aprobado tanto por los actores de la patronal de Navarra cómo por los representantes de los trabajadores de Calzado.
El convenio colectivo fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad coordinadora dio su beneplácito para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Calzado en la comunidad autónoma.
Todas las normas contenidas en el documento ratificado son obligatorias por cualquier empleador del sector Calzado dentro del territorio de Navarra.
Ámbitos de Vigencia del Convenio de Calzado en Navarra para el año 2026
Ámbito Funcional: Será de carácter obligatorio en todas las actividades propias del sector de Calzado.
Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Contrato Social será de obligada y general observancia para todas las empresas, administraciones y trabajadores de las actividades descritas en el artículo anterior.
Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Calzado será aplicable directa en todo el territorio de Navarra. También, será aplicable a los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas del mismo sector.
Ámbito Material: Su contenido se refiere a la regulación de las condiciones deseables de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Colectivo Laboral se determina. A la vez que comprende y desarrolla las materias reservadas a la negociación de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.
Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Calzado extenderá su vigencia hasta su finalización. Su entrada en vigor se produce desde el día después de su firma, siendo efectiva desde esa fecha. No obstante lo dispuesto en el texto anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose mantener en el tiempo por períodos de 12 meses.
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