Igual que muchos sabes que el Convenio de Centros de Estética es uno de los convenios colectivos más importantes a nivel estatal. Esto es así por el gran impacto en la sociedad y las tradiciones del sector Centros de Estética en el la economía de Cantabria.
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Convenio Colectivo de Centros de Estética Cantabria
El Convenio Colectivo de Centros de Estética Cantabria lleva incluída toda la lista de cláusulas aplicable a los ocupados de las empresas que desarrollan su actividad diaria en la Región de Cantabria. Esta normativa concreta el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los trabajadores contratados en dichas empresas del sector Centros de Estética.
BOE-A-2019-9974Características del Convenio de Centros de Estética en Cantabria
El marco normativo que establece el conjunto de normas que constituyen este Convenio de Centros de Estética, está sancionado tanto por los actores de la patronal de Cantabria cómo por los representantes de los trabajadores de Centros de Estética.
El texto legal fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad legislativa dio su beneplácito para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Centros de Estética en la comunidad autónoma.
Todas las normas contenidas en el texto ratificado son obligatorias por cualquier empleador del sector Centros de Estética dentro del territorio de Cantabria.
Ámbitos de Uso del Convenio de Centros de Estética en Cantabria
Ámbito Funcional: Será de obligado cumplimiento en todas las facetas del sector de Centros de Estética.
Ámbito Personal: La normativa que emana de este Convenio Laboral será de obligada y general observancia para todas las empresas, entidades públicas y asalariados de las actividades listadas en el artículo anterior.
Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Centros de Estética será aplicable directa en todo el territorio de Cantabria. Asimismo, será de aplicación a los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas del mismo sector.
Ámbito Material: Cada punto se llama a la regulación de las condiciones habituales de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Colectivo Laboral se determina. A la vez que actúa y desarrolla las materias reservadas a la negociación de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.
Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Centros de Estética extenderá su vigencia hasta su finalización. Su autoridad se producirá el día después de su acuerdo, con plena validez desde esa fecha. No obstante lo estipulado en el apartado anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose mantener en el tiempo por períodos de un año.
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