Convenio de Centros de Estética Catalunya

Igual que muchos sabes que el Convenio de Centros de Estética es uno de los convenios más determinantes a nivel español. Esto es así por el alto impacto en la sociedad y las tradiciones del sector Centros de Estética en el conjunto de empresas de Catalunya.

Convenio Colectivo de Centros de Estética Catalunya

El Convenio Colectivo de Centros de Estética Catalunya lleva incluída toda la normativa aplicable a los trabajadores de las empresas que desempeñan su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Catalunya. Esta normativa regula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los asalariados en dichas empresas del sector Centros de Estética.

BOE-A-2019-9974

Normas Básicas del Convenio de Centros de Estética en Catalunya

El marco normativo que establece el grupo de normas que constituyen este Convenio de Centros de Estética, está sancionado tanto por los actores de la patronal de Catalunya cómo por los representantes de los trabajadores de Centros de Estética.

El convenio colectivo fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad en Trabajo y Asuntos Sociales dio el permiso para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Centros de Estética en la comunidad autónoma.

Todas las normas contenidas en el texto ratificado son imperativas por cualquier empresa del sector Centros de Estética dentro del ámbito geográfico de Catalunya.

Ámbitos de Prevalencia del Convenio de Centros de Estética en Catalunya

Ámbito Funcional: Será de obligado cumplimiento en todas las actividades del sector de Centros de Estética.

Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Contrato Social será de obligada y general observancia para todas las empresas, administraciones y trabajadores y trabajadoras de las actividades detalladas en el artículo anterior.

Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Centros de Estética será aplicable directa en todo el territorio de Catalunya. Sin olvidar que, será aplicable a los trabajadores contratados en España trabajando para empresas españolas del mismo sector.

Ámbito Material: Cada punto se llama a la regulación de las condiciones generales de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Colectivo se determina. A la vez que actúa y desarrolla las materias reservadas a la negociación de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.

Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Centros de Estética extenderá su vigencia hasta su finalización. Su entrada en vigor se produce desde el día después de su acuerdo, con plena validez desde esa fecha. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose prorrogar por períodos de un año.

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