Convenio de Centros de Estética Murcia

Ya sabes que el Convenio de Centros de Estética es uno de los convenios colectivos más influyentes del estado. Esto se explica por el alto impacto en la sociedad y el devenir del sector Centros de Estética en el el contexto económico de Murcia.

Convenio Colectivo de Centros de Estética Murcia del año 2025

El Convenio Colectivo de Centros de Estética Murcia lleva incluída toda la lista de cláusulas aplicable a los trabajadores de las empresas que desarrollan su actividad y sus ventas en la Zona Administrativa de Murcia. Esta normativa regula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los trabajadores contratados en dichas empresas del sector Centros de Estética.

BOE-A-2019-9974

Normas Básicas del Convenio de Centros de Estética en Murcia

El marco normativo que establece el conjunto de normas que constituyen este Convenio de Centros de Estética, está sancionado tanto por los actores de la patronal de Murcia cómo por los representantes de los trabajadores de Centros de Estética.

El reglamento fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad legislativa dio su conformidad para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Centros de Estética en la comunidad autónoma.

Todas las cláusulas contenidas en el documento ratificado son de obligado cumplimiento por cualquier empleador del sector Centros de Estética dentro del ámbito geográfico de Murcia.

Ámbitos de Uso del Convenio de Centros de Estética en Murcia para el año 2025

Ámbito Funcional: Será de carácter obligatorio en todas las actividades propias del sector de Centros de Estética.

Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Convenio Laboral será de obligada y general observancia para todas las empresas, administraciones y asalariados de las actividades detalladas en el apartado anterior.

Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Centros de Estética será vigente directa en todo el territorio de Murcia. También, será de aplicación a los trabajadores contratados en España con contrato laboral en empresas españolas del mismo sector.

Ámbito Material: El clausulado se llama a la regulación de las condiciones habituales de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Laboral se determina. A la vez que sugiere y desarrolla las materias reservadas a la negociación de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.

Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Centros de Estética extenderá su vigencia hasta su finalización. Su autoridad se producirá el día después de su firma, surtiendo plenos efectos desde esa fecha. No obstante lo estipulado en el apartado anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose mantener en el tiempo por períodos de un año.

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