Ya sabes que el Convenio de Centros de Estética es uno de los convenios más críticos a nivel español. Esto es así por el importante impacto en la sociedad y la tradición del sector Centros de Estética en el la economía de Navarra.
Convenio Colectivo de Centros de Estética Navarra
El Convenio Colectivo de Centros de Estética Navarra contiene toda la conjunción de normas aplicable a los asalariados de las empresas que actúan su actividad y presta servicios en la Región de Navarra. Esta normativa regula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los trabajadores contratados en dichas empresas del sector Centros de Estética.
BOE-A-2019-9974Normativa del Convenio de Centros de Estética en Navarra
El marco normativo establecido por el seguido de normas que constituyen este Convenio de Centros de Estética, está sancionado tanto por los actores de la patronal de Navarra cómo por los representantes de los trabajadores de Centros de Estética.
El convenio colectivo fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad competente dio el visto bueno para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Centros de Estética en la comunidad autónoma.
Todas las normas contenidas en el texto ratificado son de obligado cumplimiento por cualquier empleador del sector Centros de Estética dentro del área territorial de Navarra.
Ámbitos de Vigencia del Convenio de Centros de Estética en Navarra
Ámbito Funcional: Será imperativo en todas las actividades del sector de Centros de Estética.
Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Convenio Colectivo será de obligada y general observancia para todas las empresas, administraciones y asalariados de las actividades listadas en el punto anterior.
Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Centros de Estética será autorizado directa en todo el territorio de Navarra. También, será de aplicación a los trabajadores contratados en España con contrato en empresas españolas del mismo sector.
Ámbito Material: Cada punto se llama a la regulación de las condiciones deseables de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Laboral se determina. A la vez que actúa y desarrolla las materias reservadas a la negociación de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.
Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Centros de Estética extenderá su vigencia hasta su finalización. Su validez se producirá el día después de su acuerdo, siendo efectiva desde esa fecha. No obstante lo estipulado en el apartado anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose alargar por períodos anuales.
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