Igual que muchos sabes que el Convenio de ETT es uno de los convenios colectivos más críticos a nivel español. Esto se explica por el alto impacto en la sociedad y la historia del sector ETT en el tejido empresarial de Madrid.
Convenio Colectivo de ETT Madrid
El Convenio Colectivo de ETT Madrid contiene toda la conjunción de normas aplicable a los ocupados de las empresas que actúan su actividad económica en la Zona Administrativa de Madrid. Esta normativa regula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los asalariados en dichas empresas del sector ETT.
BOE-A-2019-9974Características del Convenio de ETT en Madrid
El marco regulatorio establecido por el conjunto de normas que constituyen este Convenio de ETT, está aprobado tanto por los actores de la patronal de Madrid cómo por los representantes de los trabajadores de ETT.
El convenio colectivo fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad competente dio el permiso para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de ETT en la comunidad autónoma.
Todas las cláusulas contenidas en el texto ratificado son obligatorias por cualquier empleador del sector ETT dentro del territorio de Madrid.
Ámbitos de Operatividad del Convenio de ETT en Madrid
Ámbito Funcional: Será de carácter obligatorio en todas las actividades del sector de ETT.
Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Acuerdo Laboral será de obligada y general observancia para todas las empresas, administraciones y trabajadoras de las actividades enumeradas en el apartado anterior.
Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de ETT será aplicable directa en todo el territorio de Madrid. Asimismo, será aplicable a los trabajadores contratados en España trabajando para empresas españolas del mismo sector.
Ámbito Material: El clausulado se llama a la regulación de las condiciones generales de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Colectivo se determina. A la vez que actúa y desarrolla las materias reservadas a la negociación de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.
Ámbito Temporal: El presente Convenio de la ETT extenderá su vigencia hasta su finalización. Su autoridad se producirá el día después de su acuerdo, siendo efectiva desde esa fecha. No obstante lo estipulado en el apartado anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose alargar por períodos de 12 meses.
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