Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias Cantabria

Ya te has hecho la idea que el Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias es uno de los convenios colectivos más críticos a nivel español. Esto se explica por el gran impacto en la sociedad y el devenir del sector Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en el tejido empresarial de Cantabria.

Convenio Colectivo de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias Cantabria

El Convenio Colectivo de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias Cantabria contiene toda la lista de cláusulas aplicable a los contratados de las empresas que desarrollan su actividad y presta servicios en la Zona Administrativa de Cantabria. Esta normativa concreta el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los asalariados en dichas empresas del sector Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias.

BOE-A-2019-9974

Normativa del Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en Cantabria

El marco regulatorio que establece el conjunto de normas que forman este Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias, está sancionado tanto por los actores de la patronal de Cantabria cómo por los representantes de los trabajadores de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias.

El Convenio fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad coordinadora dio su conformidad para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en la comunidad autónoma.

Todas las cláusulas contenidas en el texto ratificado son de obligado cumplimiento por cualquier empleador del sector Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias dentro del ámbito geográfico de Cantabria.

Ámbitos de Uso del Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en Cantabria

Ámbito Funcional: Será de obligado cumplimiento en todas las áreas de desempeño del sector de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias.

Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Acuerdo Laboral será de obligada y general observancia para todas las empresas, administraciones y trabajadoras de las actividades descritas en el artículo anterior.

Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias será vigente directa en todo el territorio de Cantabria. También, será aplicable a los trabajadores contratados en España trabajando para empresas españolas del mismo sector.

Ámbito Material: Cada punto se refiere a la regulación de las condiciones deseables de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Colectivo se determina. A la vez que sugiere y desarrolla las materias reservadas a las propuestas de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.

Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias extenderá su vigencia hasta su finalización. Su validez se produce desde el día después de su acuerdo, con plena validez desde esa fecha. No obstante lo estipulado en el apartado anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose prorrogar por períodos anuales.

Bájate el documento en Convenio-Colectivo.com

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