Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias Madrid

Tu ya te has hecho la idea que el Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias es uno de los convenios más críticos a nivel estatal. Esto es así por el gran impacto en la sociedad y el devenir del sector Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en el conjunto de empresas de Madrid.

Convenio Colectivo de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias Madrid

El Convenio Colectivo de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias Madrid lleva incluída toda la conjunción de normas aplicable a los ocupados de las empresas que desempeñan su actividad diaria en la Región de Madrid. Esta normativa estipula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los trabajadores por cuenta ajena en dichas empresas del sector Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias.

BOE-A-2019-9974

Características del Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en Madrid

El marco normativo que establece el seguido de normas que forman este Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias, está aprobado tanto por los actores de la patronal de Madrid cómo por los representantes de los trabajadores de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias.

El reglamento fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad competente dio el visto bueno para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en la comunidad autónoma.

Todas las cláusulas contenidas en el documento ratificado son obligatorias por cualquier empresa del sector Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias dentro del ámbito geográfico de Madrid.

Ámbitos de Vigencia del Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en Madrid

Ámbito Funcional: Será de carácter obligatorio en todas las áreas de desempeño del sector de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias.

Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Contrato Social será de obligada y general observancia para todas las empresas, entidades públicas y trabajadores y trabajadoras de las actividades listadas en el artículo anterior.

Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias será vigente directa en todo el territorio de Madrid. También, será aplicable a los trabajadores contratados en España con contrato en empresas españolas del mismo sector.

Ámbito Material: El clausulado se refiere a la regulación de las condiciones deseables de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Laboral se determina. A la vez que sugiere y desarrolla las materias reservadas a la negociación de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.

Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias extenderá su vigencia hasta su finalización. Su entrada en vigor se produce desde el día después de su firma, surtiendo plenos efectos desde esa fecha. No obstante lo estipulado en el punto anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose mantener en el tiempo por períodos anuales.

Descarga en PDF el documento en Convenio-Colectivo.com

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