Ya sabes que el Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias es uno de los convenios colectivos más importantes del estado. Esto tiene sentido por el importante impacto en la sociedad y las tradiciones del sector Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en el conjunto de empresas de País Vasco.
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Convenio Colectivo de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias País Vasco del año 2025
El Convenio Colectivo de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias País Vasco contiene toda la lista de cláusulas aplicable a los trabajadores de las empresas que desempeñan su actividad diaria en la Comunidad Autónoma de País Vasco. Esta normativa estipula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los trabajadores contratados en dichas empresas del sector Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias.
BOE-A-2019-9974Clausulado del Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en País Vasco
El marco normativo que establece el seguido de normas que constituyen este Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias, está aprobado tanto por los actores de la patronal de País Vasco cómo por los representantes de los trabajadores de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias.
El reglamento fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad legislativa dio el visto bueno para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en la comunidad autónoma.
Todas las normas contenidas en el documento ratificado son obligatorias por cualquier negocio del sector Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias dentro del territorio de País Vasco.
Ámbitos de Aplicación del Convenio de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias en País Vasco para el año 2025
Ámbito Funcional: Será imperativo en todas las actividades del sector de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias.
Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Convenio Laboral será de obligada y general observancia para todas las empresas, administraciones y trabajadores de las actividades enumeradas en el artículo anterior.
Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias será de aplicación directa en todo el territorio de País Vasco. Asimismo, será aplicable a los trabajadores contratados en España trabajando para empresas españolas del mismo sector.
Ámbito Material: Su contenido se llama a la regulación de las condiciones habituales de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Colectivo se determina. A la vez que comprende y desarrolla las materias reservadas a las propuestas de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.
Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Puertos Del Estado y Autoridades Portuarias extenderá su vigencia hasta su finalización. Su validez se producirá el día después de su acuerdo, siendo efectiva desde esa fecha. No obstante lo estipulado en el apartado anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose mantener en el tiempo por períodos anuales.
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