Convenio de Vidrio Y Cerámica Baleares

Ya sabes que el Convenio de Vidrio Y Cerámica es uno de los convenios colectivos más importantes del estado. Esto es así por el alto impacto en la sociedad y la tradición del sector Vidrio Y Cerámica en el conjunto de empresas de Baleares.

Convenio Colectivo de Vidrio Y Cerámica Baleares

El Convenio Colectivo de Vidrio Y Cerámica Baleares contiene toda la lista de cláusulas aplicable a los trabajadores de las empresas que actúan su actividad económica en la Región de Baleares. Esta normativa estipula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los trabajadores contratados en dichas empresas del sector Vidrio Y Cerámica.

BOE-A-2019-9974

Clausulado del Convenio de Vidrio Y Cerámica en Baleares

El marco regulatorio que establece el conjunto de normas que forman este Convenio de Vidrio Y Cerámica, está aprobado tanto por los actores de la patronal de Baleares cómo por los representantes de los trabajadores de Vidrio Y Cerámica.

El reglamento fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad competente dio el visto bueno para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Vidrio Y Cerámica en la comunidad autónoma.

Todas las normas contenidas en el documento ratificado son de obligado cumplimiento por cualquier empleador del sector Vidrio Y Cerámica dentro del área territorial de Baleares.

Ámbitos de Aplicación del Convenio de Vidrio Y Cerámica en Baleares

Ámbito Funcional: Será de obligado cumplimiento en todas las actividades propias del sector de Vidrio Y Cerámica.

Ámbito Personal: La normativa que emana de este Contrato Social será de obligada y general observancia para todas las empresas, entidades públicas y trabajadores y trabajadoras de las actividades descritas en el apartado anterior.

Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Vidrio Y Cerámica será autorizado directa en todo el territorio de Baleares. También, será aplicable a los trabajadores contratados en España trabajando para empresas españolas del mismo sector.

Ámbito Material: Su contenido se refiere a la regulación de las condiciones deseables de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Colectivo Laboral se determina. A la vez que sugiere y desarrolla las materias reservadas a las propuestas de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.

Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Vidrio Y Cerámica extenderá su vigencia hasta su finalización. Su autoridad se producirá el día después de su firma, surtiendo plenos efectos desde esa fecha. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose alargar por períodos de 12 meses.

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