Igual que muchos tienes claro que el Convenio de Vidrio Y Cerámica es uno de los convenios colectivos más influyentes a nivel estatal. Esto es así por el importante impacto en la sociedad y el devenir del sector Vidrio Y Cerámica en el conjunto de empresas de Canarias.
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Convenio Colectivo de Vidrio Y Cerámica Canarias
El Convenio Colectivo de Vidrio Y Cerámica Canarias contiene toda la conjunción de normas aplicable a los asalariados de las empresas que actúan su actividad diaria en la Región de Canarias. Esta normativa concreta el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los trabajadores contratados en dichas empresas del sector Vidrio Y Cerámica.
BOE-A-2019-9974Características del Convenio de Vidrio Y Cerámica en Canarias
El marco normativo que establece el grupo de normas que forman este Convenio de Vidrio Y Cerámica, está aprobado tanto por los actores de la patronal de Canarias cómo por los representantes de los trabajadores de Vidrio Y Cerámica.
El reglamento fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad legislativa dio el permiso para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Vidrio Y Cerámica en la comunidad autónoma.
Todas las normas contenidas en el documento ratificado son de obligado cumplimiento por cualquier empresa del sector Vidrio Y Cerámica dentro del área territorial de Canarias.
Ámbitos de Prevalencia del Convenio de Vidrio Y Cerámica en Canarias
Ámbito Funcional: Será de obligado cumplimiento en todas las áreas de desempeño del sector de Vidrio Y Cerámica.
Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Convenio Colectivo será de obligada y general observancia para todas las empresas, entidades públicas y trabajadoras de las actividades listadas en el apartado anterior.
Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Vidrio Y Cerámica será autorizado directa en todo el territorio de Canarias. También, será de aplicación a los trabajadores contratados en España con contrato laboral en empresas españolas del mismo sector.
Ámbito Material: Su contenido se refiere a la regulación de las condiciones habituales de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Colectivo Laboral se determina. A la vez que indica y desarrolla las materias reservadas a las propuestas de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.
Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Vidrio Y Cerámica extenderá su vigencia hasta su finalización. Su entrada en vigor se producirá el día después de su firma, siendo efectiva desde esa fecha. No obstante lo estipulado en el texto anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose mantener en el tiempo por períodos de un año.
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