Convenio de Vidrio Y Cerámica Madrid

Ya sabes que el Convenio de Vidrio Y Cerámica es uno de los convenios de negociación colectiva más determinantes del estado. Esto tiene sentido por el importante impacto en la sociedad y la tradición del sector Vidrio Y Cerámica en el tejido empresarial de Madrid.

Convenio Colectivo de Vidrio Y Cerámica Madrid

El Convenio Colectivo de Vidrio Y Cerámica Madrid incluye toda la conjunción de normas aplicable a los contratados de las empresas que actúan su actividad y sus ventas en la Región de Madrid. Esta normativa estipula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los asalariados en dichas empresas del sector Vidrio Y Cerámica.

BOE-A-2019-9974

Clausulado del Convenio de Vidrio Y Cerámica en Madrid

El marco regulatorio establecido por el grupo de normas que constituyen este Convenio de Vidrio Y Cerámica, está aprobado tanto por los actores de la patronal de Madrid cómo por los representantes de los trabajadores de Vidrio Y Cerámica.

El texto legal fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad competente dio el permiso para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Vidrio Y Cerámica en la comunidad autónoma.

Todas las normas contenidas en el documento ratificado son de obligado cumplimiento por cualquier empresa del sector Vidrio Y Cerámica dentro del área territorial de Madrid.

Ámbitos de Operatividad del Convenio de Vidrio Y Cerámica en Madrid

Ámbito Funcional: Será imperativo en todas las actividades del sector de Vidrio Y Cerámica.

Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Acuerdo Laboral será de obligada y general observancia para todas las empresas, entidades públicas y trabajadores de las actividades listadas en el punto anterior.

Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Vidrio Y Cerámica será de aplicación directa en todo el territorio de Madrid. Sin olvidar que, será de aplicación a los trabajadores contratados en España trabajando para empresas españolas del mismo sector.

Ámbito Material: Su contenido se refiere a la regulación de las condiciones deseables de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Laboral se determina. A la vez que sugiere y desarrolla las materias reservadas a la negociación de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.

Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Vidrio Y Cerámica extenderá su vigencia hasta su finalización. Su autoridad se producirá el día después de su firma, surtiendo plenos efectos desde esa fecha. No obstante lo estipulado en el apartado anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose alargar por períodos de un año.

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