Igual que muchos tienes claro que el Convenio de Vidrio Y Cerámica es uno de los convenios colectivos más influyentes a nivel estatal. Esto es así por el gran impacto en la sociedad y la tradición del sector Vidrio Y Cerámica en el tejido empresarial de Melilla.
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Convenio Colectivo de Vidrio Y Cerámica Melilla
El Convenio Colectivo de Vidrio Y Cerámica Melilla lleva incluída toda la conjunción de normas aplicable a los asalariados de las empresas que desarrollan su actividad habitual en la Comunidad Autónoma de Melilla. Esta normativa regula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los asalariados en dichas empresas del sector Vidrio Y Cerámica.
BOE-A-2019-9974Características del Convenio de Vidrio Y Cerámica en Melilla
El marco regulatorio establecido por el grupo de normas que constituyen este Convenio de Vidrio Y Cerámica, está aprobado tanto por los actores de la patronal de Melilla cómo por los representantes de los trabajadores de Vidrio Y Cerámica.
El texto legal fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad coordinadora dio su conformidad para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Vidrio Y Cerámica en la comunidad autónoma.
Todas las cláusulas contenidas en el texto ratificado son obligatorias por cualquier empresa del sector Vidrio Y Cerámica dentro del territorio de Melilla.
Ámbitos de Operatividad del Convenio de Vidrio Y Cerámica en Melilla
Ámbito Funcional: Será de carácter obligatorio en todas las facetas del sector de Vidrio Y Cerámica.
Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Contrato Social será de obligada y general observancia para todas las empresas, administraciones y asalariados de las actividades listadas en el apartado anterior.
Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Vidrio Y Cerámica será vigente directa en todo el territorio de Melilla. Sin olvidar que, será de aplicación a los trabajadores contratados en España con contrato en empresas españolas del mismo sector.
Ámbito Material: Cada punto se llama a la regulación de las condiciones deseables de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Colectivo se determina. A la vez que sugiere y desarrolla las materias reservadas a las propuestas de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.
Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Vidrio Y Cerámica extenderá su vigencia hasta su finalización. Su entrada en vigor se produce desde el día después de su firma, con plena validez desde esa fecha. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose alargar por períodos de un año.
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