Ya te has hecho la idea que el Convenio de Vidrio Y Cerámica es uno de los convenios colectivos más determinantes del estado. Esto se explica por el gran impacto en la sociedad y la historia del sector Vidrio Y Cerámica en el tejido empresarial de Murcia.
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Convenio Colectivo de Vidrio Y Cerámica Murcia
El Convenio Colectivo de Vidrio Y Cerámica Murcia contiene toda la normativa aplicable a los asalariados de las empresas que desempeñan su actividad y presta servicios en la Comunidad Autónoma de Murcia. Esta normativa concreta el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los trabajadores por cuenta ajena en dichas empresas del sector Vidrio Y Cerámica.
BOE-A-2019-9974Clausulado del Convenio de Vidrio Y Cerámica en Murcia
El marco regulatorio que establece el seguido de normas que constituyen este Convenio de Vidrio Y Cerámica, está sancionado tanto por los actores de la patronal de Murcia cómo por los representantes de los trabajadores de Vidrio Y Cerámica.
El Convenio fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad en Trabajo y Asuntos Sociales dio su beneplácito para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Vidrio Y Cerámica en la comunidad autónoma.
Todas las cláusulas contenidas en el texto ratificado son obligatorias por cualquier negocio del sector Vidrio Y Cerámica dentro del área territorial de Murcia.
Ámbitos de Operatividad del Convenio de Vidrio Y Cerámica en Murcia
Ámbito Funcional: Será obligatorio en todas las actividades propias del sector de Vidrio Y Cerámica.
Ámbito Personal: La conjunción normativa que emana de este Convenio Laboral será de obligada y general observancia para todas las empresas, entidades públicas y trabajadoras de las actividades enumeradas en el punto anterior.
Ámbito Territorial: Este Convenio Colectivo General de Vidrio Y Cerámica será aplicable directa en todo el territorio de Murcia. Asimismo, será de aplicación a los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas del mismo sector.
Ámbito Material: Su contenido se llama a la regulación de las condiciones generales de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la vigencia que en el propio Convenio Colectivo se determina. A la vez que sugiere y desarrolla las materias reservadas a la negociación de ámbito general previstas en el artículo 12 del presente Convenio.
Ámbito Temporal: El presente Convenio de la Vidrio Y Cerámica extenderá su vigencia hasta su finalización. Su entrada en vigor se producirá el día después de su acuerdo, con plena validez desde esa fecha. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, tendrán la vigencia de 5 años. Esto es pudiéndose mantener en el tiempo por períodos de 12 meses.
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